El INSOR abre Convocatoria para Elegir Representante de la Población Sorda al Consejo Directivo

Convocatoria Abierta Para el representante y suplente de la población sorda en el Consejo Directivo del INSOR
El representante y suplente de la población sorda en el Consejo Directivo del INSOR tiene una duración de 2 años. La invitación es a las organizaciones civiles de personas sordas del país legalmente constituidas a postular sus candidatos para integrar el Consejo Directivo del INSOR.
Bogotá, D.C. 30 de octubre de 2015.
De acuerdo con el Decreto Núm. 2106 de 2013 del Ministerio de Educación Nacional: “Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional para Sordos -INSOR-, se determinan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones”, y en específico el artículo 6 en su parágrafo segundo, expone: “El representante y suplente de los sordos tendrá un periodo de dos (2) años y podrán ser reelegidos indefinidamente. Los demás miembros del Consejo Directivo estarán sujetos a lo estipulado en las normas legales vigentes sobre la materia”.
Teniendo en cuenta lo anterior, el INSOR convoca a las organizaciones civiles de personas sordas que actualmente estén constituidas de manera legal a participar en la convocatoria abierta para elegir al representante y suplente de la población sorda para integrar el Consejo Directivo del INSOR.
Las organizaciones civiles interesadas en postular sus candidatos pueden inscribirlos al correo electrónico direccion@insor.gov.co hasta el 18 de noviembre de 2015, para lo cual deben tener en cuenta los siguientes requisitos:
1. Ser miembro de una organización civil de personas sordas con un tiempo mínimo de dos años.
2. Tener experiencia en educación. Como por ejemplo, experiencia en docencia, modelo lingüístico o líder en procesos educativos de la ciudad o departamento en la que reside.
3. Enviar un video en el que exponga la experiencia personal en procesos educativos y asimismo, la razón e interés por la que se postula para ser integrante del Consejo Directivo.
De acuerdo con el número de candidatos que cumplan con los requisitos establecidos se conformará una terna para presentarla a la Ministra de Educación Nacional, Gina Parody, quien tiene la potestad de elegir al representante y suplente al Consejo Directivo del INSOR.
A esta convocatoria pueden participar organizaciones civiles de cualquier ciudad de Colombia. En caso de que el representante elegido resida fuera de la ciudad de Bogotá, el INSOR asumirá los gastos de desplazamiento para que asista y participe en las sesiones programadas del Consejo Directivo. De igual manera, es importante que las Organizaciones Civiles tengan en cuenta que quien los represente no recibirá remuneración económica ni tendrá ningún tipo de vinculación laboral con el INSOR.
Integrar el Consejo Directivo del Instituto es un espacio para que la población sorda conozca de los programas, proyectos y decisiones que se toman frente a la garantía de derechos de la población sorda en el país.
¿Qué es el Consejo Directivo?
Es la instancia que vigila y toma decisiones referente a las políticas, programas y proyectos que el Instituto debe realizar y gestionar para la garantía y cumplimiento de los derechos de las personas sordas en el país.
¿Cuáles son las funciones del Consejo Directivo?
El artículo 7 del decreto 2106 de 2013 indica que las funciones del Consejo Directivo del INSOR son las siguientes:
1. Formular la política general y los planes, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto legal del Instituto Nacional para Sordos INSOR y de sus funciones.
2. Expedir y reformar conforme a la Ley, los estatutos del Instituto Nacional para Sordos –INSOR-, y demás actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de sus funciones.
3. Autorizar la contratación de empréstitos externos e internos para el Instituto Nacional para Sordos INSOR, cualquiera que sea su cuantía, de conformidad con las normas legales y reglamentarias vigentes.
4. Autorizar el presupuesto anual de la entidad para la vigencia siguiente.
5. Las demás que se señalen en la Ley, sus reglamentos y en los estatutos de la Entidad.
¿Quiénes integran el Consejo Directivo?
El artículo 6 del decreto 2106 de 2013 expone que el Consejo Directivo del Instituto Nacional para Sordos -INSOR-, estará integrado por siete (7) miembros:
1. El Ministro de Educación Nacional o su delegado, quien los presidirá
2. El representante de la Presidencia de la República para la Política Social o su delegado.
3. El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado.
4. El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.
5. El Ministro de salud y Protección Social o su delegado.
6. El Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar I.C.B.F o su delegado.
7. Un representante de la población sorda o su suplente, elegido por el Ministro de Educación Nacional, a partir de una terna presentada a través de la Dirección del INSOR, por las organizaciones de sordos legalmente reconocidas.
Si desea ampliar esta información, escríbanos a comunicaciones@insor.gov.co